sábado, 15 de agosto de 2015

Código de procedimiento penal Colombiano

ART. 523 CONCEPTO DE MEDIACIÓN


ARTÍCULO 523. CONCEPTO. Mediación es un mecanismo por medio del cual un tercero neutral, particular o servidor público designado por el Fiscal General de la Nación o su delegado, conforme con el manual que se expida para la materia, trata de permitir el intercambio de opiniones entre víctima y el imputado o acusado para que confronten sus puntos de vista y, con su ayuda, logren solucionar el conflicto que les enfrenta.

La mediación podrá referirse a la reparación, restitución o resarcimiento de los perjuicios causados; realización o abstención de determinada conducta; prestación de servicios a la comunidad; o pedimento de disculpas o perdón.

TOMADO DE: http://procedimientopenalcolombiano.blogspot.com.co/2010/01/art523-concepto-de-mediacion.html

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