Dentro de la amplia
gama de mecanismos alternativos de solución de conflictos que unificó y
reglamentó la Ley 446 de 1998, con el fin de acercar al ciudadano a la justicia
y proveer un servicio más célere y eficaz, tal vez el menos conocido por la
ciudadanía es el arbitraje.
Por: NULLVALUE
19
de abril de 2001
Dentro de la amplia gama de mecanismos alternativos de solución de conflictos que unificó y reglamentó la Ley 446 de 1998, con el fin de acercar al ciudadano a la justicia y proveer un servicio más célere y eficaz, tal vez el menos conocido por la ciudadanía es el arbitraje.
A pesar de su creciente utilización en la solución de controversias, es poca la claridad que se tiene en torno a los alcances de esta figura y los beneficios que representa para una sociedad con considerables niveles de conflictividad comercial y contencioso-administrativo.
El arbitraje es una figura jurídica existente en nuestro país desde 1989, pero solo a partir de la Constitución de 1991, y gracias a la Ley 446 de 1998, ha sido efectivamente utilizada por los ciudadanos para dirimir conflictos.
Esta es una alternativa que ofrece la ley a los particulares con el fin de resolver los conflictos derivados de relaciones comerciales, civiles, laborales o de contratos con el Estado.
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